[2]Los resultados más amplios de esta
investigación se encuentran en Villanueva 1991.
[3]
[4]La Secretaría de Educación Pública establece un mínimo de 30 alumnos para autorizar una plaza de educadora con grupo. Sin embargo, esta norma no siempre se cumple. Es común que las educadoras, en complicidad con la directora, inventen nombres ficticios para justificar su plaza.
[5]Una zona escolar es una división territorial que incluye un determinado número de escuelas bajo la jurisdicción de una inspectora. La Secretaría de Educación Pública establece criterios para que las autoridades educativas de cada estado hagan las divisiones en zonas escolares.
[6]Cuando un jardín de niños tiene menos de 5 grupos de alumnos, una de las educadoras asume además las funciones de la dirección.[