Programa de Privatización en Honduras
Componentes del programa
I. Telecomunicaciones
1.1 Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones
La reforma del sector de telecomunicaciones se inicia con la aprobación por parte del Congreso Nacional de la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones mediante Decreto N° 185-95, vigente a partir del cinco de diciembre de 1995.
En esta Ley se separan las funciones que había venido prestando la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL), quedando a cargo del Ejecutivo a través de SECOPT, la formulación de la política sectorial; la regulación por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL); y la operación a cargo de HONDUTEL y el sector privado.
En la misma Ley, se reforma la Ley Orgánica de HONDUTEL (Decreto Ley # 341 del 17 de mayo de 1976). La reforma faculta a HONDUTEL en su artículo tercero, a asociarse con empresa o empresas de prestigio internacional en materia de telecomunicaciones para prestar los servicios de telecomunicaciones nacionales e internacionales que había venido operando. Además plantea la reforma, que con el fin de modernizar y ampliar los servicios, la empresa(s) antes mencionadas tendrán el control administrativo y operativo de la entidad o entidades que se formen.
Para la función regulatoria se crea CONATEL como un ente desconcentrado de SECOPT, respecto de la cual funcionará con independencia técnica, administrativa y presupuestaria. Entre sus funciones sobresalen: El desarrollo del sector, la promoción de la competencia y la inversión privada, otorgar concesiones, licencias, permisos y registros y la regulación tarifaria. CONATEL queda formalmente constituida el 17 de enero de 1996 con el nombramiento de los comisionados propietarios (3) y suplentes (2).
1.2 Proceso de Capitalización de HONDUTEL
El objetivo del Gobierno de Modernizar el sector de telecomunicaciones a través de la competencia y fomento de la participación de la inversión privada, lleva a diseñar una estructura de la transacción basada en la capitalización de una nueva empresa creada con los activos existentes de HONDUTEL en el marco del Código de Comercio. La nueva sociedad (HONDUCOM, S.A.) a la que se le otorga una concesión para prestar los servicios de telecomunicaciones por un período de veinticinco (25) años con exclusividad durante diez (10) años conforme a la Ley Marco, será capitalizada mediante un proceso de licitación pública de un 47% de las acciones ofrecidas a un socio técnico-estratégico que asumirá la gestión de la empresa. Adicionalmente se plantea vender un 2% de las acciones de la nueva sociedad a los trabajadores, conservando el Estado a través de HONDUTEL el 51% restante.
Para llevar a cabo el proceso de capitalización conforme a los lineamientos del Gobierno, se contrató los servicios de consultoría de un consorcio liderado por un Banco de Inversión (N.M. Rothschild) y conformado por una firma de abogados (Squire, Sanders and Dempsey) y una técnica financiera (Price Waterhouse); que comienza a prestar sus servicios el 25 de enero de 1996 en el marco del Contrato de Consultoría para el proceso de Capitalización de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL)" aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto # 216-96, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 25 de enero de 1997.
II. Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA)
2.1 Ley General de Concesionamiento para la Explotación de los Servicios Aeroportuarios
La Ley de Concesión para la Explotación de los Servicios Aeroportuarios fue aprobada por el Poder Legislativo mediante Decreto # 202-95, vigente a partir del 24 de febrero de 1996 y establece el régimen de concesiones para la explotación de servicios aeroportuarios, comprendiendo tal concesión la construcción, montaje, restauración, ampliación y mejoramiento y administración de los aeropuertos del país. En la Ley se asignan las funciones de regulación a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC); las de formulación y cabeza del sector a SOPTRAVI (en aquel entonces SECOPT) y las de operación al sector privado nacional y/o extranjero, otorgada mediante un Contrato de Concesión.
La concesión tendrá una duración de hasta veinte (20) años, prorrogable, y será otorgada mediante el procedimiento de precalificación y de licitación de conformidad con la Ley de Contratación del Estado. A la fecha se encuentra pendiente de aprobación el Reglamento de esta Ley.
SOPTRAVI ha sometido a consideración del Congreso Nacional un Anteproyecto de Ley de Administración Nacional de Aviación Civil, en el que se crea la ANACI, como un ente desconcentrado de SOPTRAVI que ejercerá las funciones de regulación (en sustitución de la DGAC), con una estructura y funcionamiento similar a CONATEL.
Es importante destacar que si bien la Ley de Concesiones para la Explotación de los Servicios Aeroportuarios viabiliza el proceso de concesión del Sistema Nacional Aeroportuario (SNA) es indispensable emitir una Ley de Aviación Civil que contenga el marco regulatorio técnico-económico y establezca la forma de operar de la ANACI. También es preciso definir en la misma Ley la política de "cielos abiertos" que puede ser uno de los atractivos más importantes para los posibles operadores.
2.2 El proceso de concesionamiento del Sistema Nacional Aeroportuario
Como quedó dicho anteriormente, es urgente una redefinición del marco legal e institucional del sector de transporte aéreo antes de iniciar la modernización del mismo a través de la inversión privada, en este sentido, el marco institucional propuesto en la Ley de Administración Nacional de Aviación Civil consiste en:
- Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivenda. Este Ministerio tendrá a su cargo la formulación de la política de transporte aéreo relacionada con asuntos de carácter doméstico e internacional.
- Autoridad de Aviación Civil (ANACI). La nueva Ley de la Aviación Civil crea un órgano desconcentrado de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda que asumirá las funciones de ente regulador, y las funciones de operador de los servicios de navegación aérea (debajo de 19,500 pies).
- Sector Privado. Responsable de la operación, inversión y financiamiento de la infraestructura del sector de transporte aéreo.
La participación del sector privado se dará a través de un proceso de concesionamiento de los cuatro (4) aeropuertos internacionales (Tegucigalpa, San Pedro Sula, La Ceiba y Roatán) que componen el Sistema Nacional Aeroportuario (SNA). La Concesión Maestra podría incluir entre otros, los siguientes servicios en los cuatro aeropuertos: (i) servicios de aterrizaje, rodaje, puente de embarque y rampa; (ii) servicio de pasajeros y carga; (iii) suministro de combustible; (iv) "catering" (atención a bordo); (v) mantenimiento de infraestructura (ej. terminales, pistas, alumbrado, plataformas y rampas); (vi) estacionamiento de aeronaves, (vii) seguridad aeroportuaria, servicios de prevención de accidentes y bomberos; (viii) concesiones comerciales (ej., restaurantes, tiendas, estacionamiento de automóviles, etc.)
El Gobierno de Honduras pretende transferir la mayor parte de las responsabilidades relacionadas con estos servicios al operador privado.
La Concesión Maestra no incluiría los servicios de aduanas, migración y cuarentena agropecuaria, asi como los servicios de navegación área, telecomunicaciones, meteorología y similares que serán perstados por la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA) y la Administración Nacional de Aviaciación Civil (ANACI), según el caso.
2.3 Consultorías en apoyo al proceso.
Con el propósito de llevar a cabo el proceso de concesionamiento del Sistema Nacional Aeroportuario (SNA), se invitó a través de prensa local e internacional, en noviembre de 1996, a grupos de asesores legales compuestos por una firma internacional de abogados con experiencia en el desarrollo de contratos de concesión de infraestructura de transporte aéreo y servicios públicos, para asesorar y brindar asistencia al Gobierno en el diseño, desarrollo y ejecución de la estrategia legal necesaria en el proceso de Concesionamiento del SNA.
Como resultado de esta invitación, se obtuvieron manifestaciones de interés y credenciales de 12 Firmas, las que una vez analizadas permitieron conformar una "lista corta".
De igual manera en diciembre de 1996, el Gobierno de Honduras invitó también a través de prensa local e internacional a bancos de inversión, para que manifestaran interés y enviarán credenciales para participar en el proceso de precalificación con el fin de asesorar y asistir al Gobierno de Honduras en el Proceso de Concesionamiento del SNA.
III. Puertos
Los días 24 y 25 de abril de 1997, se llevó a cabo el Seminario-Taller: HONDURAS: "El Camino hacia Puertos de Clase Mundial" con el apoyo del BID, Banco Mundial e INCAE, que fue sumamente exitoso por sus conclusiones. Actualmente se trabaja en la elaboración de un plan de acción que resuma las conclusiones obtenidas del Seminario-Taller para su posterior presentación a los Ministros.